XI. Distribuidora: Establecimiento de distribución específica y venta al mayoreo de bebidas alcohólicas a negociaciones y personas que cuenten con licencia o permiso para la venta de las mismas, para cuyos actos de comercialización de sus productos deberán comprobar previamente que comercializan con negociaciones o personas autorizadas para la venta https://prohibida-la-venta-de-beb65421.blogsmine.com/20016464/datos-sobre-carteles-de-prohibida-la-venta-de-bebidas-alcoholicas-revelados